COMUNICADO 07/2026 AETN

La Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) informa a la población que el Decreto Supremo N.º 5647 de 29 de junio de 2026, no establece ni autoriza un incremento de las tarifas de energía eléctrica. Su objeto es fortalecer mecanismos de estabilización tarifaria destinados a evitar variaciones tarifarias y garantizar la estabilidad del servicio eléctrico.

Ninguna empresa distribuidora puede incrementar las tarifas de manera unilateral o al margen de la normativa. Cualquier modificación de las tarifas debe sujetarse al marco regulatorio y a su aplicación a través de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN).

Asimismo, es importante diferenciar entre la tarifa y el monto de la factura. La tarifa es el precio regulado del servicio eléctrico, mientras que el importe reflejado en la factura depende del nivel de consumo del usuario, en consecuencia, un mayor monto a pagar puede deberse a un incremento en el consumo de energía eléctrica y no a un aumento de la tarifa.

Para cualquier reclamación la AETN informa que es obligación de las empresas distribuidoras atender las mismas, o en su caso pueden acudir a las oficinas de la AETN en todo el país.

La Paz, 04 de julio de 2026